Reparto compensatorio de los derechos de jubilación.
Cuando el divorcio se rija por el Derecho alemán, el Juzgado de Familia realiza de oficio el reparto compensatorio de los derechos de jubilación. Al realizarse de oficio, la solicitud de éste no es requerida.
Para el reparto compensatorio de los derechos de jubilación se tendrán en cuenta los derechos generados, durante la duración del matrimonio, para la futura pensión de jubilación. De esta forma, queda protegida la futura pensión de jubilación del cónyuge que ha renunciado a un trabajo remunerado en beneficio del otro cónyuge o de los hijos.
El procedimiento de divorcio se puede alargar considerablemente si no se ha preparado en tiempo debido el reparto de los derechos de la futura jubilación.
El Juzgado de Familia solicita a ambos cónyuges toda la información necesaria sobre los derechos de sus futuras pensiones de jubilación.
Los organismos que gestionan las pensiones de jubilación necesitan usualmente indicaciones complementarias o pruebas que no siempre resultan fáciles de presentar a los interesados (como por ejemplo, sobre su formación profesional, cuya prueba legal puede en muchos casos resultar difícil y larga).
Por ello, para agilizar el futuro procedimiento de divorcio, se recomienda que antes de la solicitud del mismo, durante la fase de separación, se solicite ante el organismo responsable de la gestión de la pensión de jubilación la situación de cotizaciones de la otra parte.
En caso de existir un convenio regulador del reparto de los derechos de jubilación firmado ante notario, sólo podrá surtir efecto si fue firmado al menos un año antes a la solicitud de divorcio.
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