Relaciones de filiación
Según el derecho vigente, la cuestión de la filiación se puede aclarar mediante un informe pericial privado, siempre y cuando todos los afectados estén de acuerdo. Por el contrario, si alguno de los afectados se opone, sólo queda la posibilidad de presentar una demanda de impugnación de la filiación (§§ 1600 ff. BGB). En éste último supuesto, si bien se aclarará la filiación, puede resultar que padre legal no sea el biológico y en ese caso, se romperían inevitablemente los vínculos jurídicos entre padre e hijo.
En definitiva, hasta la fecha, no existe posibilidad alguna de que en un proceso judicial en que se pruebe la filiación, no se deriven consecuencias jurídicas para la relación paterno-filial. Con el nuevo proyecto de ley, se prevé que las consecuencias del proceso sean más leve para todos los interesados, es decir, padre, madre e hijo. El parlamento federal alemán ha decidido el 21 de febrero de 2008 que “la ley para la aclaración de la paternidad debe ser independiente del proceso de impugnación“. Con ello se pretende que independientemente de la existencia o no de una demanda de impugnación de la paternidad, se posibilite la prueba genética que demuestre la filiación.
El esclarecimiento del origen de un hijo es un asunto de capital importancia para una familia. El padre legal quiere saber si es también el padre biológico. El hijo quiere saber de quién procede y , en ocasiones, es la madre quien igualmente desea esclarecer la filiación. Dichos intereses aclaratorios gozan de una protección constitucional según sentencia del 13 de febrero de 2007 del Tribunal Constitucional alemán.
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